A pesar de los triunfalismos supremacistas que vende el nacionalismo, la realidad es que el desconocimiento del idioma español además de suponer una enorme carencia social puede conllevar importantes desventajas legales.

La Audiencia Nacional ha denegado recientemente el recurso contra la denegación de concesión de la nacionalidad española a una mujer de origen africano que solicitó la nacionalidad española después de llevar casi tres décadas de residencia en España, y a pesar de tener serios  problemas de comprensión del castellano.  La afectada, una vecina de Santa Margalida (Palma de Mallorca) recayó en el municipio en 1996 y en el momento de realizar su solicitud solo sabia hablar en catalán.

Desde 2015  El Instituto Cervantes es el organismo encargado de realizar una prueba de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE) y una prueba de dominio de idioma castellano (DELE), a los solicitantes de nacionalidad española, pero en aquel momento, entre los requisitos legales para la obtención de la nacionalidad por residencia, aún era indispensable la entrevista personal con un juez del registro civil, que incluía preguntas acerca de las instituciones españolas y el conocimiento básico del castellano.

En este caso, se denegó la concesión de la nacionalidad a esta vecina de Mallorca alegando sufalta de manejo del castellano. La mujer que era analfabeta cuando llegó a España, aportó certificados oficiales que le otorgó el Ayuntamiento de Santa Margalida por superar cursos de alfabetización para extranjeros y ha recurrido la decisión judicial alegando que la lengua que conoce y utiliza para comunicarse con sus vecinos era únicamente  el catalán. 

Sin embargo, es importante destacar, que en este tipo de procedimientos debe probarse únicamente  el dominio del idioma castellano, por lo que el tribunal solo entra a valorar el conocimiento de esta lengua y no de ninguna otra de las cuatro lenguas cooficiales que se hablan en territorio español. La sentencia recuerda que “el conocimiento adecuado del idioma español es un dato de singular relevancia a la hora de valorar el suficiente grado de integración en la sociedad española».

Alejandro de Vicente de Rojas. Abogado.

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